Vol 2, Num 2, Julio-Diciembre 2022, pp 158 al 172
ISSN: 2796-9320
Análisis del impacto de la ejecución de recursos de Estampilla Pro Adulto Mayor en el municipio de La Montañita
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Recibido: 30 de Marzo 2022 / Aceptado: 09 de Junio 2022 /Publicado: 01 de Julio 2022
Administración
Artículo de Investigación Original
https://doi.org/10.55204/trc.v2i2.54
Análisis del impacto de la ejecución de recursos de Estampilla Pro
Adulto Mayor en el municipio de La Montañita
Analysis of the impact of the execution of resources of the Stamp for
Older Adults in the municipality of La Montañita
Estella Lozano Vásquez
1[0000-0002-1253-0039]
, Anderson Fabián Perdomo Rojas
1[0000-0001-8778-6226]
, Carlos Alberto
Gómez Cano
2[0000-0003-0425-7201]
1
Universidad de la Amazonia, Florencia, Colombia
2
Corporación Unificada Nacional de Educación Superior CUN, Florencia, Colombia
1
e.lozano@udla.edu.co, ande.perdomo@udla.edu.co
2
carlos_gomezca@cun.edu.co
Resumen: Este trabajo buscó dar cuenta de un análisis de la ejecución de recursos de estampilla pro adulto
mayor en el municipio de La Montañita, Caquetá; para ello se tuvo como objetivo principal el análisis antes
mencionado en un periodo de vigencia del año 2017 al 2021; dicho objetivo se alcanzó de la mano del
desarrollo de unos objetivos específicos como fueron: determinar el comportamiento del recaudo y uso;
realizar la evaluación del impacto de la inversión de los recursos provenientes de la ya indicada estampilla,
así como un ejercicio de propuestas estratégicas para optimizar los recursos provenientes de su recaudo. La
metodología aplicada para el desarrollo de este artículo fue de carácter cualitativo y cuantitativo, utilizando
los instrumentos de recolección de información como el análisis documental y la entrevista, esta última
aplicada al Alcalde Municipal de Montañita y al Secretario de Hacienda de este mismo municipio. Dentro de
los resultados se encontraron variaciones positivas y negativas frente al recaudo; así mismo se halló que los
recursos de la estampilla tienen efectivamente una destinación a los programas de los centros de vida
existentes en el municipio; igualmente quedó en evidencia que la población de abuelos atendidos es inferior a
la meta proyectada por la administración de La Montañita. Se planteó que la estampilla es una fuente de la
cual el municipio es dependiente para la atención de adultos mayores. Frente a las conclusiones se pudo
determinar la necesidad de que el recaudo del tributo sea mucho mayor, pues existe una dependencia
económica al ser este recurso de estampilla el único ingreso para poder desarrollar a cabalidad las metas y
poder tener mayor alcance en los programas propuestos.
Palabras clave: Tributos, Inversión social, Población vulnerable
Abstract:This work sought to account for an analysis of the execution of stamp resources for the elderly in
the municipality of La Montañita, Caquetá; for this, the main objective was the aforementioned analysis in a
period of validity from 2017 to 2021; This objective was achieved hand in hand with the development of
specific objectives such as: determining the behavior of collection and use; carry out an evaluation of the
impact of the investment of the resources coming
i
from the aforementioned stamp, as well as an exercise of
strategic proposals to optimize the resources coming from its collection. The methodology applied for the
development of this article was qualitative and quantitative, using information collection instruments such as
documentary analysis and interview, the latter applied to the Municipal Mayor of Montañita and the Secretary
of the Treasury of this same municipality. Within the results, positive and negative variations were found
regarding collection; Likewise, it was found that the resources of the stamp are effectively allocated to the
programs of the existing life centers in the municipality; It was also evident that the population of elderly
people served is lower than the goal projected by the administration of La Montañita. It was suggested that
the stamp is a source on which the municipality is dependent for the care of older adults. It was possible to
determine the need for the collection of the tax to be much greater, since there is an economic dependency as
this stamp resource is the only income to be able to fully develop the goals and be able to have a greater scope
in the programs. proposed.
Keywords: Taxes, Social investment, Vulnerable population
Como Citar (APA): Lozano Vásquez, E., Perdomo Rojas, A. F., & Gómez Cano, C. A. (2022). Análisis del impacto de
la ejecución de recursos de Estampilla Pro Adulto Mayor en el municipio de La Montañita. Tesla Revista Científica, 2(2),
158172. https://doi.org/10.55204/trc.v2i2.54
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INTRODUCCIÓN
Las personas de la tercera edad en Colombia, de acuerdo a la Constitución Política de
1991, gozan de especial protección y asistencia para que estos puedan gozar de una vida
digna, sobre todo en casos en donde estos tengan algún grado de vulnerabilidad o dicho de
otra manera se encuentren en alguna condición de debilidad ya sea física, económica o mental
(Constitución Política de Colombia [C.P.], 1991, art. 46). En este sentido han sido varias las
disposiciones normativas que en el país se han desarrollado en aras a brindar mayores
garantías de protección a esta población, una de ellas es la ley que autorizó la emisión de la
estampilla pro dotación y del “funcionamiento de los Centros de Bienestar del Anciano,
instituciones y centros de vida para la tercera edad” (Ley 687, 2001); dicha ley establece los
lineamientos generales que autorizan a las asambleas departamentales, y los concejos
distritales y municipales para emitir la estampilla pro adulto mayor, asimismo se dan las
directrices para la inversión de los recaudos y las responsabilidad del desarrollo de los
programas derivados de la aplicación de los recursos, la cual recae en el Alcalde municipal o
distrital.
Para el caso de esta investigación, que se situó en la experiencia de la estampilla pro
adulto mayor del municipio de La Montañita, Caquetá, se tuvo que mediante el acuerdo
municipal 004 de 2019, el Concejo Municipal de dicho municipio, estableció la tasa
contributiva con el fin de garantizar la protección a la población de la tercera edad que hacen
parte de los niveles I y II del SISBEN, esto a través de los centros vida y demás instituciones
que contribuyen con la labor de los denominados centros de bienestar del anciano, teniendo
como objetivo estratégico brindar una atención integral a los ancianos según sus necesidades,
y mejorando así la calidad de vida de los adultos mayores, donde respondiendo a la naturaleza
de la ley pro adulto mayor el 70% de los recursos recaudados son destinados a financiación de
los centros de vida y el otro 30% para gastos de funcionamiento y dotación.
En este marco, según informe de la Alcaldía del Municipio de Montañita (2021) se
han recaudado durante las vigencias 2017 hasta septiembre 2021 un total de $2.060.777.352
pesos en moneda corriente. Es propicio hacer mención de que el municipio de La Montañita
cuenta con 15.003 habitantes, de los cuales el 9,6% son personas en un rango de edad de
sesenta años hacia adelante (Departamento Nacional de Planeación, 2022). En este sentido, la
atención a los adultos mayores, se convierte en un asunto prioritario dado el porcentaje de
dicha población, sobretodo en escenarios donde la tendencia al largo plazo es el
envejecimiento de la población en Colombia (Mejia, 2018), sumando al crecimiento de los
adultos mayores como porcentaje de la población, se tiene que en Colombia existe una baja
cobertura en seguridad social; en lo referente al acceso a una pensión de vejez, según informe
de la CEPAL (como se citó en Azuero, 2020) la cobertura era del 33% del total de adultos
mayores con la edad requerida para la pensión; esta cifra implica que la mayoría de los
adultos mayores con la edad demandada de pensión no cuentan con cobertura pensional, lo
que se traduce en una problemática preocupante si se toma la cifra de Fedesarrollo 2013
(como se citó en Martínez, et al, 2015) donde se señala que solo el 30 % de la población
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colombiana ocupada cotiza actualmente para pensión, y que de aquellos que cotizan menos
del 30% alcanzará a recibir su pensión” p. 10.
En tal sentido, en el municipio de la Montañita, para la ejecución de las políticas de
atención al adulto mayor, se establece en el Plan de Desarrollo el programa envejecimiento y
vejez digna, en el que se propone como meta principal “Mejorar la calidad de vida del Adulto
Mayor, para un envejecimiento digno” (Alcaldía municipal La Montañita, 2020). Teniendo en
cuenta esto, la estampilla Pro Adulto Mayor juega un papel preponderante como fuente de
recursos para implementar el Plan de Desarrollo del Municipio en lo relativo a la atención a la
vejez y poder con ello contribuir a que este segmento poblacional tenga unas mejores
condiciones en sus últimos años de vida.
Frente al contexto anterior y todo lo que ello significa, se tuvo como planteamiento del
problema para el desarrollo de este artículo la pregunta ¿Cuál fue el impacto de la ejecución
de los recursos de estampilla pro adulto mayor en el municipio de La Montañita, durante el
periodo comprendido 2017-2021? Para esto se tuvo en cuenta el comportamiento del recaudo
y el uso que se le dieron a estos, en este sentido si se le ha dado cumplimiento a la atención
integral a ese grupo poblacional; por su parte, la evaluación del impacto de los recursos
recaudados y su inversión, a propósito de lo estipulado en el Plan de Desarrollo municipal
frente al ítem que concierne al adulto mayor; así mismo, las estrategias para optimizar este
tributo, las cuales hicieron parte de un ejercicio más de análisis producto de lo arrojado por la
presente investigación.
Fundamentación Teórica
Políticas de apoyo a la vejez
Dentro de la comunidad internacional se han desarrollado instrumentos en la búsqueda
de garantizar los derechos de los adultos mayores, en este sentido, una de esas herramientas se
dio en la Convención Interamericana sobre La Protección de los Derechos Humanos de las
Personas Mayores que establece que los Estados parte:
Desarrollarán enfoques específicos en sus políticas, planes y legislaciones
sobre envejecimiento y vejez, en relación con la persona mayor en condición
de vulnerabilidad y aquellas que son víctimas de discriminación múltiple,
incluidas las mujeres, las personas con discapacidad, las personas de diversas
orientaciones sexuales e identidades de género, las personas migrantes, las
personas en situación de pobreza o marginación social” (Ley 2055, 2000, p. 5).
En tal sentido, el imperativo de los Estados es precisamente atender a la población
adulta, teniendo como un referente lo estipulado por la antes mencionada Convención
Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, la
cual fue ratificada por la ley colombiana (Ley 2055, 2000); de este modo estableciendo no
solo lo ya señalado por la constitución colombiana, sino reiterando la importancia de
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establecer derechos como la igualdad y no discriminación por razones de edad, así como el
derecho a tener los últimos años de vida de una manera digna. Ahora bien, dentro de las
medias afirmativas que el Estado ha establecido para la atención del grupo población de
personas mayores, está la política Colombiana de envejecimiento y vejez 2015-2025 que
plantea como objetivo general el propiciar que las personas de la tercera edad vivan un
envejecimiento autónomo, donde se les garantice los derechos humanos en términos del
desarrollo humano, social y económico bajo unas condiciones propicias (Ministerio de Salud,
2015).
Con relación a este marco, se abordó la perspectiva teórica de la vejez sobre el tópico
de políticas públicas, donde en primera medida se tomó en consideración lo señalado por los
sociólogos estadounidenses Cumming y Henrry (1961) quienes afirman que se debe
gradualmente reducir la participación en las estructuras sociales a medida que aumenta la
edad de las personas, hasta su retiro definitivo, asumiendo esta mirada que de continuar
vinculadas estas personas a papales de la sociedad se generarían afectaciones al sistema
social, dado que habría que darles espacio a los jóvenes para asumir roles en dichas
estructuras sociales. Esta teoría es cuestionada por Robledo y Orejuela (2021) quienes
afirman que los planteamientos de Cumming y Henrry (1961) solo utilizan un enfoque de
variables psicológicas sociales.
Por otra parte, se tuvieron en cuenta teorías de segunda generación donde por ejemplo
Atchey (1971) planteó la teoría de la continuidad la cual implica que las personas de avanzada
edad hacen todo lo posible para mantener o conservar los saberes y conocimientos adquiridos
para asumir su propio envejecimiento; sin embargo esta perspectiva fue criticada por
Cumming y Henrry (1961) en el sentido que según estos autores, la teoría estaría muy
enfocada en variables individuales y no incluiría otros factores de tipo hegemónicos que
podrían tener incidencia en el individuo. De igual manera otro de los referentes teóricos pero
de tercera generación, como Hernández (2015) planteó la teoría del construccionismo social,
en donde se propuso explicar la misma realidad del envejecimiento tanto del proceso
individual de vejez como su inmersión en el contexto que se dan en los roles delimitados por
la construcción social de la edad, dadas las relaciones que se tejen los que envejecen tanto con
ellos mismos como con el mundo, siendo esta mirada sin duda una apuesta más integral, dado
que se asume tanto variables individuales, como sociales del proceso de envejecimiento.
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Tributos y tasas parafiscales
Ahora bien, estas políticas del Estado necesariamente tienen un costo fiscal, lo cual
debe ser proyectado en el presupuesto general de la nación, que se compone de ingresos no
tributarios y tributarios (Iniciativa de Transparencia de las Industrias Extractivas, 2017).
Frente a la última opción se tiene que para el tributo pueda ser posible debe cumplir a
cabalidad con unas prerrogativas legales que implican:
El principio de legalidad, como requisito para la creación de un tributo, comprende
distintas funciones: (i) no es solamente fruto de la exigencia de representación
popular, sino que, además, (ii) corresponde a la necesidad de garantizar un reducto
mínimo de seguridad a los ciudadanos frente a sus obligaciones, y (iii) representa la
importancia de un diseño coherente en la política fiscal de un Estado (Corte
Constitucional, Sala Plena, SC-227, 2002).
Dentro del referenciado marco constitucional se crean las estampillas que son tributos
fundados por ley, dada la facultad constitucional que tiene el Congreso de regular lo
correspondiente a las contribuciones fiscales y parafiscales (Constitución Política de
Colombia [C.P.], 1991). En este orden de ideas la jurisprudencia de la Corte Constitucional
reafirmó la competencia del Congreso de la República al plantear que el:
Congreso de la República aparece como el órgano soberano en materia impositiva.
Vale decir, el Congreso a través de ley crea los tributos de estirpe nacional o
territorial, pudiendo frente a estos últimos fijar unos parámetros que le permitan a las
asambleas y concejos decretarlos dentro de sus respectivas jurisdicciones. Sin
perjuicio, claro es, de las facultades reglamentarias que con arreglo a la Constitución y
la ley correspondan a las asambleas y concejos (Corte Constitucional, Sala Plena, SC-
227, 2002).
En tal sentido, las Asambleas Departamentales y los Concejos Municipales tienen la
competencia reglamentaria de establecer los elementos tributarios, según lo establecido por la
ley; teniendo dentro de su responsabilidad el desarrollo de los programas que den alcance al
cumplimiento de los servicios mínimos que debe ofrecer un centro de vida según lo estipulado
por la norma concerniente (Ley 687, 2001).
Ahora bien, este tributo puede abordarse también desde una perspectiva teórica donde
se tiene en consideración el derecho financiero como lo es la rama del derecho público “que
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tiene por objeto de estudio el sistema de ingresos y gastos del Estado y de los demás entes
públicos” (Altamirano, 2012, p. 17). Lo anterior significa que el Estado debe procurar por la
consecución de recursos materiales para poder desarrollar la gestión pública, donde de
acuerdo a Altamirano (2012) el derecho financiero consta de tres procesos que van desde: el
diseño de las normas por las cuales se crean los tributos; el origen de las obligaciones a las
cuales el Estado tiene sus derechos; y el procedimiento administrativo para que se puedan
cumplir a cabalidad dichas obligaciones por parte de los contribuyentes; distinguiendo de esta
manera tres enfoques de derecho tributario, como el enfoque subjetivo que está orientado
hacia quienes ejercen la potestad tributaria de crear las normas; el enfoque objetivo que se
centra en las leyes tributarias; y el enfoque funcional que se encarga de estudiar más el
proceso tributario (Altamirano, 2012).
Impacto del gasto en políticas de protección a la vejez
En primera medida es importante comprender que la alcaldía de La Montañita,
Caquetá, como función social busca satisfacer las demandas de los habitantes de la tercera
edad, que según la Ley 687 de 2001 (Congreso de la República de Colombia, 2001)
modificada por la Ley 1276 de 2009, implica la herramienta tributaria, representada en la
estampilla pro adulto mayor, que está orientada a satisfacer las necesidades de los abuelos del
municipio para que estos tengan una vejez digna y se les garantice de tal manera el desarrollo
humano, económico, y social, en el marco de los derechos fundamentales también
establecidos por la Constitución Política colombiana, como se expresa puntualmente en su art.
46.
En este sentido, para Cardaval (2003) “dentro del campo de la hacienda pública, al
hablar de análisis coste-beneficio nos referimos generalmente al cálculo de los beneficios
sociales netos que se derivan de un gasto público específico, aunque también podría
extenderse a programas más amplios(p. 6). De esta manera, la valoración sobre la relación
costo- beneficio del gasto público implica el nivel proporcional de eficiencia del gasto, dado
que al contar con recursos limitados, la hacienda pública debe maximizar la inversión social.
MÉTODO
Diseño
Para el caso del diseño de la presente investigación se tuvo que el estudio fue de tipo
no experimental con corte transversal, dado que la recolección de datos se realizó en un solo
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momento y lugar; así mismo fue de enfoque mixto donde se combinó información de carácter
cualitativo y cuantitativo; por su parte el alcance fue descriptivo, dado que se buscó conocer
los rasgos, atributos y características del fenómeno a estudiar (Sampieri, et al, 2010).
Participantes
Para la recolección de los datos se utilizó la herramienta de entrevista, en este caso
puntual se realizaron dos, una al alcalde del municipio de La Montañita, Caquetá, ingeniero
Pablo Emilio Zapata Nicholles; otra al jefe de la oficina de Secretaria de Hacienda del mismo
municipio, el señor Jefferson Alexis Ramos; de igual manera en lo referente a las fuentes
documentales, se utilizó el Plan de Desarrollo municipal de La Montañita, denominado Juntos
por una Montañita líder, igualmente se tuvo en cuenta el presupuesto municipal vigencias
2017-2021 y el informe de recaudo, los cuales se obtuvieron en archivo excel entregado por la
Alcaldía del municipio.
Instrumentos
En cuando a la técnica de recolección de información se utilizó el análisis documental
que consistió en extraer información de una serie de textos o informes. En este sentido y
según Clauso, (1993) el análisis documental “ha sido considerado como el conjunto de
operaciones destinadas a representar el contenido y la forma de un documento para facilitar su
consulta o recuperación, o incluso para generar un producto que le sirva de sustituto" (p. 1), es
decir, esta forma de análisis comprende aquel conjunto de acciones de cara a representar el
contenido de un documento
Asimismo, se utilizó la entrevista como otra de las fuentes de recolección de
información, según la Real Academia Española (2021), la entrevista es aquella en la que
confluyen más de dos actores para discutir sobre un tema en particular, en ese sentido lo
define puntualmente como “Vista, concurrencia y conferencia de dos o más personas en lugar
determinado, para tratar o resolver un negocio". Es decir, el acto de entrevistar requiere
necesariamente de una interacción entre actores, por otro lado es de denotar que las
entrevistas pueden desarrollarse de diversas maneras, entre ellas están las entrevistas iniciales,
exploratoria, de diagnóstico, de desarrollo, de seguimiento, estructuradas, y
semiestructuradas, etc., (Murillo, et al, s.f.).
RESULTADOS
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Para la presentación de los resultados, se tuvo en cuenta tres categorías de análisis, que
son a) recaudo de la estampilla pro adulto mayor; b) uso de la estampilla pro adulto mayor e
c) impacto de la inversión de recursos de estampilla pro adulto mayor.
En primera instancia, frente al recaudo de la estampilla pro adulto mayor, se obtuvo
como resultado del comportamiento del mencionado tributo en el municipio de La Montañita,
Caquetá; una condensación acerca del total de dinero percibido anualmente por concepto de la
estampilla, durante los años 2017 a 2021, la cual se presenta en la siguiente tabla:
Tabla 1. Recaudo total de estampillas municipio La Montañita
Año recaudo
Total estampilla
Variación
nominal
Variación
porcentual
2017
$564.372.083
2018
$64.1783.949
$77.411.866
13%
2019
$695.543.081
$53.759.132
8,3%
2020
$678.639.226
$-16.903.855
-2,4%
2021
$1.035.243.520
$35.6604.294
52,5%
Total
$3.615.581.860
Fuente: Informe de la Secretaria de Hacienda del Municipio de La Montañita 2017-2021
Por otro lado, frente a los resultados sobre el recaudo específico de recursos de la
estampilla pro adulto mayor se encontró los siguientes resultados:
Tabla 2. Recaudo estampilla pro adulto mayor municipio La Montañita
Año
recaudo
Monto recaudado
Variación
nominal
2017
$394.800.371
2018
$352.247.603
-42552768
2019
$390.313.544
38065941
2020
$376.288.458
-14025086
2021
$547.127.375
170838917
Total
$2.060.777.352
Fuente: Informe de la Secretaria de Hacienda del Municipio de La Montañita 2017-2021
Dentro de los resultados se evidencia un incremento importante del recaudo de
estampillas que en el año 2021 fue del 52%; mientras que para el caso de la estampilla pro
adulto mayor el recaudo se incrementó en un 45%. En tal sentido, es preciso mencionar que
para el secretario de hacienda del municipio de La Montañita, este incremento se debe a la:
la gestión de la contratación dentro municipio, cuando en el municipio, tenemos que
tener claro que esta estampilla se recauda con base a los contratos o convenios que
haga le municipio, cuando el municipio trae recursos en este caso para el 2021 se
ejecutaron recursos de regalías (Romero, 2022).
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Frente al comportamiento del recaudo, lo que se plantea anteriormente es que dado el
incremento de la contratación por parte del municipio de La Montañita aumentó el recaudo de
estampilla pro adulto mayor, siendo los recursos de regalías los que más influencia tuvieron
en los ingresos del municipio de La Montañita. En este sentido para Zapata (2022) quien
funge como Alcalde del Municipio de La Montañita, estos ingresos de regalías han sido
producto de la gestión de su administración.
Por su parte, y en relación con el uso de los recursos es importante referenciar que
estos se ejecutan para la gestión de la política de atención al adulto mayor, que se implementa
a mediano plazo en el Plan de Desarrollo del Municipio de La Montañita 2020-2023. En este
caso el Plan de Desarrollo del municipio estableció el Programa “Mejorar la calidad de vida
del Adulto Mayor, para un envejecimiento digno” (Alcaldía municipal La Montañita, 2020).
Este programa tiene como meta la creación y dotación de un centro de vida, así como la
adecuación y dotación de dos centros de vida como metas del Plan de Desarrollo. De esta
manera, al realizar el trabajo de campo, para el Alcalde Municipal con la estampilla se
financia el mantenimiento de los centros vida, la dotación y por ende la atención del adulto
mayor en el municipio, lo que significa que para la administración municipal una fuente de
ingresos muy importante en la medida que es la única entrada de recursos para poder destinar
a atender las necesidades de los abuelos o las personas de la tercera edad de La Montañita
(Zapata, 2022).
Acerca del impacto de la inversión de recursos de estampilla pro adulto mayor, se tuvo
que frente al mantenimiento de los centro de vida existentes en el municipio de la Montañita
se pudo evidenciar un alto impacto de la inversión de los recursos de la estampilla pro adulto
mayor, en la medida que es la única fuente de recursos para el mantenimiento de los centros
vida. Por otro lado, se halló que la administración municipal se propone “construir el centro
vida Mateguadua, que significa más ni menos, aproximadamente otros 300 o 400 millones de
pesos para atender a esos abuelos del monte Mateguadua” (Zapata, 2022). Esta inversión es
de suma importancia, dado que se ampliaría cobertura en atención a adultos mayores.
En el sentido anterior, otro indicador fue la meta de resultado para atender a 200
adultos mayores de forma integral, para lo cual el Alcalde municipal señaló lo siguiente:
Más o menos 150 a 170 adultos mayores que atendemos en los 3 centros vidas de
Santuario de Montañita y de la Unión Penella. Pero nos faltan todavía muchos adultos
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mayores por atender, por ejemplo, en Mateguadua, queremos construir un centro del
adulto mayor y ahí hay más o menos 50, 70 abuelitos que requieren también de este
beneficio de la estampilla adulto mayor (Zapata, 2022).
Lo señalado por el mandatario de La Montañita, implica que si bien es cierto se
atiende una población significativa, todavía falta para alcanzar la atención del total de adultos
mayores, llegando a la meta si se logra construir el centro de vida en Mateguadua. En tal
sentido, a pesar del incremento del recaudo de recursos de estampilla pro adulto mayor, no se
ha logrado ampliar la cobertura, para satisfacer las necesidades de los adultos mayores en
estado de vulnerabilidad.
DISCUSIONES
En relación con los juicios de valor sobre el uso e implementación de la estampilla pro
adulto mayor se tiene tres tesis fundamentales, que son a) recaudo de recursos públicos; b)
uso del gasto público y c) resultados del gasto público social. En cuanto al recaudo de
recursos, se tiene que bajo la perspectiva constitucional que el gasto público social según el
artículo 350 tiene una asignación prioritaria frente a otros tipos de gastos (Asamblea Nacional
Constituyente, 1991)en tal sentido la inversión en la atención de los adultos mayores se
convierte dada la vulnerabilidad de dicha población en un gasto prioritario para el Estado.
Ahora bien, en relación con los ingresos del Estado en este caso, tienen que ver con un tributo
que pagan los contribuyentes para garantizar un servicio social. En este caso, para Cardaval
(2003): “los principales problemas que se suscitan son los procedimientos para llegar a una
estimación de costes y beneficios, a la elección de una tasa de descuento adecuada y a las
consecuencias distributivas de los proyectos alternativos” (pág. 5).
En tal sentido, es importante preguntarse sobre las alternativas de elección racional de
una fuente de financiación para la atención de los adultos mayores, que implican en palabras
del Secretario de Hacienda del municipio de la Montañita a la estampilla como la única
fuente de recursos para sufragar dicho gasto social (Romero Ramos, 2022). Este hecho
implica necesariamente una dependencia de la única fuente de recursos disponible en el
municipio, siendo una eventual ausencia de los recursos de la estampilla un potencial déficit
total de recursos para financiar política de atención a los adultos mayores en el municipio, en
tal sentido surge la pregunta ¿el beneficio neto del tributo de estampilla pro adulto mayor
implica un carácter de fuente insustituible para el Municipio?
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Ahora bien, frente al uso de la estampilla pro adulto mayor el análisis de los datos
evidencia un gasto publico propio de una política incrementalF Lindblom (1992)dado que se
centra en lograr una continuidad en el tiempo de una política implementada, que en generar
cambios estructurales o disruptivos. Esta forma de actuar implica que se persiguen cambios
graduales que permitirían tratar el problema público identificado, en tal sentido con mayores
recursos se lograrían crear más centros de vida y a su vez aumentar la cobertura de adultos
mayores atendidos.
Por su parte, en cuanto a los resultados del gasto social, se puede inferir de lo
planteado por el Secretario de Hacienda y el Alcalde Municipal, que los resultados
propuestos en el Plan de Desarrollo frente a la atención al adulto mayor se han cumplido, sin
embargo es importante comprender que el desarrollo de las fases del ciclo de políticas
públicas Roth Deubel (s.f.). es cambiante y no estático, por lo cual la política en su ejecución
puede ser ajustada.
Conclusiones
Dentro de las conclusiones del presente estudio se evidenció por una parte que la
ejecución de los recursos por concepto del tributo de la estampilla pro adulto mayor en el
municipio de La Montañita, cumple con los propósitos para los cuales ha sido adoptada dicha
política nacional de atención a los adultos mayores, de manera que estos puedan tener un
cuidado especial e integral.
Ahora bien, dentro del comportamiento del recaudo de recursos de estampilla pro
adulto mayor se puede concluir que durante las vigencias 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021 se
recaudaron $2.060.777.352 de pesos, de los cuales para el año 2021 se presentó el mayor
recaudo con $547.127.375 de pesos, lo cual significó un incremento del 45% con respecto al
año 2020, dando cuenta de que el recaudo por concepto de este tributo al tener un margen más
amplio, puede ampliar las posibilidades para abarcar un margen más amplio de inversión
sobre los programas proyectados por la administración del municipio ya mencionado.
De igual forma, se puede indicar que si bien para el año 2019, el monto del recaudo
significó también una variación nominal y porcentual positiva, contrario pasó en los años
2018 y 2020 en donde las variaciones fueron negativas, en este sentido se puede hacer
referencia en el caso del año 2020, pudo haber habido una incidencia de la crisis generada por
la Covid-19 que afectó en gran medida la economía colombiana.
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Así mismo, en lo que refiere al impacto de la de la inversión de recursos de estampilla
pro adulto mayor se concluye respecto a los resultados, que existe un alto impacto dado que
con los recursos de esta estampilla se financia en su totalidad los centros de vida que
funcionan en el municipio, además se planean proyectos ambiciosos como la construcción de
un nuevo centro de vida en el centro poblado Mateguadua del municipio de La Montañita, lo
que en el tiempo una vez logrado su materialización puede significar una cobertura más
amplia, sin embargo, esto denota una dependencia económica, pues se identifica que los
únicos recursos para los centros de vida, provienen de la estampilla, lo que presupone la
necesidad de buscar otras fuentes de ingresos.
Finalmente, se puede señalar que en cuanto a la atención de los adultos mayores, si
bien es cierto se atiende a la mayoría de los adultos mayores en situación de vulnerabilidad,
todavía no se alcanza a atender la totalidad de adultos mayores, tal como lo afirmó el alcalde
municipal, quien en entrevista realizada, afirmó que hasta el momento en los tres centros de
vida que tiene el municipio, se atendían en promedio entre 150 a 170 adultos mayores, lo cual
deja ver que no están alcanzando la meta proyectada que como el mismo alcalde lo indicó esta
sobre la base de 200 abuelos.
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Zapata, P. E. (25 de 1 de 2022).
FINANCIACIÓN
Los autores no recibieron financiación para el desarrollo de la presente investigación.
CONFLICTO DE INTERESES
Los Autores declaran que no existe conflicto de intereses
CONTRIBUCIÓN DE AUTORÍA
Autor
Lozano Vásquez, E.
Perdomo Rojas, A. F.
Gómez Cano, C. A
Participar activamente en:
Planificación y diseño
X
Adquisición de fondos
X
Administración del proyecto
X
Redacción borrador original
X
X
Redacción revisión y edición
X
X
X
Interpretación y validación de resultados
X
X
X
La discusión de los resultados
X
X
X
Revisión y aprobación de la versión final del trabajo.
X
X
X
RECONOCIMIENTO A REVISORES:
La revista reconoce el tiempo y esfuerzo del editor en jefe Juan Carlos Santillán Lima, y de revisores anónimos que dedicaron su
tiempo y esfuerzo en la evaluación y mejoramiento del presente artículo.
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