TESLA Revista Científica ISSN: 2796-9320 7
https://doi.org/10.55204/trc.v3i1.e135
Hablar, entonces, del sumak kawsay como principio constitucional involucra que las normas
o principios que rigen en Ecuador deben hacerse en concordancia con el sumak kawsay prevista en
el preámbulo que, taxativamente, prescribe lo siguiente: “una nueva forma de convivencia ciudadana,
en diversidad y armonía con la naturaleza, para alcanzar el buen vivir, el sumak kawsay” (Const.
2008); este a su vez, es el fin que debe alcanzar el Estado ecuatoriano.
El sumak kawsay y la parte dogmática: cuando se hace referencia a la parte dogmática de una
constitución se debe entender que es una parte de la estructura general de una constitución. Aquí es
donde “se establecen los principios, creencias y, fundamentalmente, los derechos humanos, tanto
individuales como sociales que se le otorgan al pueblo como sector gobernado frente al poder
público” (Bautista, 2005, p.21); concretamente: la constitución del 2008 incorpora una serie derechos
en el apartado Derechos del buen vivir: agua y alimentación, ambiente sano, comunicación e
información, cultura y ciencia, educación, habitad y vivienda, salud, trabajo y seguridad social.
El sumak kawsay y el régimen de desarrollo (parte orgánica): El régimen de desarrollo es
concebido como “el conjunto organizado, sostenible y dinámico de los sistemas económicos,
políticos, socio-culturales y ambientales” (Const. 2008) que van a garantizar la realización del sumak
kawsay, es decir, existe un “régimen de desarrollo entendido como la integralidad del sistema
económico, político, social, cultural y ambiental” (Llasaj, 2009, p. 121). Esta forma de desarrollo
armoniza con el principio constitucional contenida en el preámbulo.
Por otra parte, existe una crítica en torno a si es adecuado utilizar el término “desarrollo”, ya
que no sintonizaría con el sumak kawsay, porque es vista como una forma de crecimiento contrario
a la integración de lo económico, político, social, cultural y ambiental; o sea, contravendría el
principio constitucional y con los fines que sigue este:
El término desarrollo es sinónimo de crecimiento económico, por tanto, por excelencia es obra
de los mercados y, a su vez, de las empresas privadas. La empresa privada y en su forma más moderna:
la corporación, gracias al discurso neoliberal del desarrollo económico se cree portadora de una
misión de trascendencia histórica: asegurar el cumplimiento de una de las promesas más caras de la
modernidad capitalista: el desarrollo económico en condiciones de libertad individual, que significa
dejar en libertad a los mercados y que el Estado respete las reglas del juego del sector privado. (Llasaj,
2009, p. 121).
Sin embargo, cuando se hace referencia al sumak kawsay como principio constitucional, y
que debería –toda norma y principios– interpretarse de manera íntegra, también abarca esta parte de
constitución; por lo tanto, el régimen de desarrollo a la luz del buen vivir o sumak kawsay significa,
también, que sigue los pasos de la integración de las distintas aristas que constituyen el que hacer del
ser humano; entonces, debe ser interpretado de manera armoniosa con el resto de la constitución y
no verlo como elemento ajeno o que se ubique en las antípodas de los fines que este sigue.